La Audiencia Provincial de Cádiz, en una sentencia de marzo de 2021 señala que la hoja de visita firmada por un posible comprador donde debía pagar unos honorarios del 3% del precio de la venta del inmueble y que acabó comprando la casa directamente al vendedor, es contraria a la normativa que se encarga de proteger a los consumidores y usuarios, ya que una agencia inmobiliaria no puede cobrar dinero por el simple hecho de enseñar una vivienda a un posible comprador.

En España la mayoría de las compras de vivienda se siguen realizando con la intervención de un agente inmobiliario en un 70% de las veces. La actividad no está regulada legalmente por lo que cualquiera puede vender una casa, sin conocimientos, ni garantías ni experiencia. Se mueven cantidades muy altas y las comisiones son jugosas por lo que el mercado es muy goloso y aún se dan casos de intrusismo y falta de profesionalidad. Las principales asociaciones inmobiliarias junto con los colegios de Apis han solicitado al Gobierno que se regule la actividad en la futura ley de Vivienda, y se creen registros de agencias y agentes en cada comunidad.

Esta sentencia puede ser útil para eliminar mala práxis o picaresca de oficinas pero no afecta a las oficinas profesionalizadas ya que en las agencias se suele diferenciar entre el parte de visitas y otro tipo de documantación

fuente: elpais.com

28 de Septiembre del 2021

  • soporte para gestores inmobiliarios
  • asesoría inmobiliaria
  • Asociación inmobiliaria España
0   Me gusta