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El subarriendo, un mundo desconocido para propietarios y arrendatarios (oct)

El subarriendo, ¿Legal?, ¿Ilegal?, ¿Exige le mismo contrato subalquilar parte del inmueble o sólo habitaciones? Muchas dudas se esconden detrás de la práctica cada día más usual de compartir una vivienda. Ilona Marimon, tutora del Área Inmobiliaria de ISED (Instituto Superior de Estudios) nos despeja todas las dudas al respecto.

¿Qué se entiende por subarriendo de un inmueble?
Hay subarriendo cuando el arrendatario concede en arrendamiento la cosa arrendada. Es decir, el arrendatario cede a una tercera persona el uso de la vivienda arrendada a cambio de un precio consistente en el pago de una renta.

¿La LAU permite el subarriendo?
La figura del subarriendo se encuentra regulada en la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 y por tanto se trata de una figura legal, siempre y cuando el arrendatario tenga el consentimiento expreso y por escrito del arrendador.

¿Quiénes celebran los contratos de subarriendo?
El contrato de subarriendo se celebra entre el arrendatario (que se convertirá en subarrendador) y el subarrendatario sin que el arrendador sea parte en el contrato. El contrato de subarriendo no ofrece ninguna ventaja fiscal. Si el arrendatario es de vivienda, sólo se permite el subarriendo parcial de ésta, siempre y cuando, repetimos, haya obtenido el consentimiento expreso y por escrito del arrendador, sin excepción alguna. El subarriendo total sólo está permitido si el arrendamiento es de uso distinto del de vivienda.

¿Qué similitudes existen entre el contrato de subarriendo y la cesión del uso de habitación con derecho a baño y cocina?
Son conceptos diferentes ya que las partes que intervienen en un contrato y en el otro son distintas y son objeto de regulación diferenciada.

¿Quién está legitimado para celebrar contratos mediante los cuales se cede el uso de habitación con derecho a baño y cocina?
Otra cuestión es si el propietario alquila varias habitaciones con derecho a baño y cocina y celebra contrato de habitación. Este contrato no puede reputarse como arrendamiento de vivienda y su regulación quedaría sujeta a la normativa general del Código Civil. En este tipo de contratos el arrendador no tiene ningún beneficio fiscal.

Si la actividad de arrendar habitaciones es ilegal, es decir, encubre un negocio de hospedaje sin que por ello esté dado de alta en Hacienda, la única forma de detectarlo es a través de alguna denuncia de algún vecino o que se anuncien bajo rótulos sospechosos que digan se alquila por días y sobre todo si está traducido a un idioma extranjero.

¿Qué pasos debemos hacer para acabar con el subarriendo ilegal?
Si la actividad de arrendar habitaciones perjudica a los demás vecinos se puede convocar Junta de Propietarios para tratar el tema y apercibir al propietario que arrienda que cese en su actividad bajo pena de demandarle judicialmente.

Otra medida sería directamente denunciar que la actividad del propietario de arrendar habitaciones podría encubrir un negocio de hospedaje ante la Agencia Tributaria.


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