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El Govern de la Generalitat de Catalunya ha aprobado, el pasado 2 de febrero, el decreto que regula los requisitos para ejercer la actividad de Agente Inmobiliario y la creación del Registro de Agentes Inmobiliarios de Catalunya. Este registro será público y de carácter obligatorio, por lo que deberán inscribirse en él todos los profesionales y empresas que se dediquen de manera retribuida a “prestar servicios de mediación, asesoramiento y gestión en transacciones inmobiliarias en relación con operaciones de compraventa, alquiler, permuta o cesión de bienes inmuebles y de los derechos correspondientes”.
Una vez entre en vigor el nuevo decreto, se establecerá un período transitorio de seis meses para permitir que todos los profesionales se adapten a los nuevos requerimientos que exige y puedan seguir operando. Durante ese período se podrán realizar las inscripciones con declaración responsable. La inscripción tendrá una duración indefinida, aunque la Administración implantará sistemas de revisión periódica.
Para inscribirse en el registro, los agentes inmobiliarios deberán acreditar su formación. En este sentido, será necesario que tengan una titulación universitaria relacionada con las ramas de las Ciencias Sociales y Jurídicas e Ingeniería y Arquitectura, o bien certificados de asistencia a cursos de formación en materia inmobiliaria. Además, deberán constituir una garantía y contratar un seguro.
ISED, centro formativo acreditado por la AEGAI, está trabajando conjuntamente con la asociación para actualizar su oferta formativa e incluir nuevos módulos formativos en los cursos del área inmobiliaria para adaptarse al nuevo decreto y ofrecer a nuestros asociados la posibilidad de aumentar sus horas de formación y cumplir los requisitos exigidos por la Generalitat para formar parte del registro.
La inscripción permitirá homologar a los agentes inmobiliarios que desarrollan su actividad con establecimiento público en Catalunya y acreditará que reúnen las condiciones de calidad necesarias para ejercerla. La Secretaria d’Habitatge se encargará de controlar el cumplimiento de las condiciones de la inscripción, informará y dará acceso público a los datos que figuran en él y podrá acordar la suspensión o cancelación de oficio de la inscripción.
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